El hostigamiento o acoso sexual es una conducta negativa de connotación sexual que acontece en el lugar de trabajo, produce que la persona aquejada se sienta ofendida, humillada y/o intimidada, afectando derechos fundamentales. Puede darse entre trabajadores/as que tienen una relación laboral jerárquica o entre aquellas personas con cargos del
mismo nivel jerárquico.
También puede ocurrir entre trabajadores/as que se encuentran destacados/as o desplazados/as en una empresa o entidad pública con la cual no tienen vínculo contractual directo respecto del/la empleador/a o agentes de la empresa o entidad pública. Asimismo, puede cometerse entre trabajadores/as que prestan servicios en un mismo espacio físico pero cuyo/a empleador/a es distinto/a.
El hostigamiento sexual afecta los siguientes derechos fundamentales:
- La dignidad humana.
- La libertad sexual.
- La integridad personal.
- La intimidad personal.
- La no discriminación por motivos de género.
- La salud y el derecho a trabajar en un ambiente seguro.
Tipos de hostigamiento o acoso sexual
Los tipos de hostigamiento o acoso sexual están descritos y clasificados en el artículo 4 de la Ley de Prevención y Sanción del Hostigamiento Sexual (Ley 27942), así se clasifican en:
a) Chantaje sexual/hostigamiento sexual típico
Cuando un/a empleador/a condiciona el otorgamiento o mantenimiento de ciertos beneficios laborales a la entrega de favores sexuales de un/a trabajador/a, o cuando se le sanciona por negarse a entregarlos, se trata de chantaje sexual.
Se produce cuando un/a empleador/a, un/a de sus agentes, gerentes/ as, supervisores/as, jefes/as, entre otros/as, e incluso contratistas y proveedores/as, entre otros/as agentes y terceros/as que no pertenecen a la empresa o entidad pública, condiciona el otorgamiento o mantenimiento de ciertos beneficios laborales a la entrega de favores sexuales de un/a trabajador/a, o cuando se le sanciona por rehusarse a otorgarlos.
Puede expresarse a través de una conducta física o verbal de naturaleza sexual no deseada o rechazada, realizada por una o más personas que se aprovechan de una posición de autoridad o jerarquía o cualquier otra situación ventajosa en contra de otra u otras personas.
Esta conducta puede darse por una sola vez como también ser reiterada; empero, en cualquier caso se considerará hostigamiento sexual.
El primer elemento del hostigamiento sexual típico o chantaje sexual es la calidad que tiene el/la hostigador/a frente a la víctima; se trata de una persona que ejerce una posición de autoridad o jerarquía o cualquier situación ventajosa respecto de la persona destinataria de la conducta sexual indeseada. Aquel/aquella se vale de su posición para someter a la víctima y lograr que esta tolere o acepte sus comportamientos o invitaciones de naturaleza o connotación sexual.
El otro elemento característico del hostigamiento sexual típico o chantaje sexual es el condicionamiento que el/la hostigador/a produce sobre su víctima, de forma directa o indirecta, para que atienda sus reclamos de naturaleza sexual, bajo la promesa de experimentar una mejora (de su situación laboral) o la amenaza de sufrir un daño respecto de sus condiciones y expectativas en el trabajo. No obstante, solo se configurará el chantaje sexual cuando se produzca el perjuicio real a la víctima (es decir, cuando el daño con el cual se la amenazó se ejecute); pues, de lo contrario, será considerado hostigamiento sexual por ambiente hostil de trabajo.
En el chantaje sexual se puede condicionar el acceso al empleo de la persona acosada, sus condiciones de trabajo, el acceso a la formación profesional, la continuidad de su contrato, la promoción profesional, el salario, entre otros aspectos de la relación laboral.
Ejemplo de chantaje sexual
María trabaja en la empresa “Mecánicos S. A.” desde hace cinco años como ingeniera mecatrónica. Ella está buscando ascender al cargo de subdirectora de su área, para lo cual se ha esforzado el último año en lograr superar la meta productiva. Conforme se acercaba la fecha de evaluación, el director de su área comenzó a sugerirle la idea de salir con él. María no ha rechazado estas invitaciones de manera expresa por temor a no ser reconocida para el ascenso, pero tampoco ha aceptado y prefiere esquivar el tema cuando el director se lo sugiere. Ante ello, el director se despide al final del día señalando que “ya falta poco para el día de la evaluación”, mientras la mira fijamente.
El día de la evaluación, María no fue ascendida al cargo de subdirectora de su área, a pesar de haber superado su meta productiva con creces respecto de otros trabajadores y trabajadoras.
Yesenia labora hace dos años en el sector público bajo el Régimen 728. Desde hace un mes su jefe le hace comentarios acerca de su cuerpo y le sugiere de manera recurrente que sería positivo para su desempeño profesional que mejore su vestimenta utilizando sus “dotes femeninas”. Yesenia prefiere no decir nada o solo asentir para no generar inconvenientes. Sin embargo, después de recibir los consejos de una colega suya ha decidido expresar su malestar en Recursos Humanos. El jefe ha señalado que jamás supo que le incomodaban esos comentarios, porque ella no lo expresó así desde un primer momento. Desde ese día su jefe empezó a delegarle menos trabajo que a sus colegas y solo a través de correos electrónicos o de terceras personas. Asimismo, le ha denegado su derecho al descanso vacacional.
b) Acoso ambiental/hostigamiento sexual por ambiente hostil de trabajo
Se produce cuando en el lugar de trabajo se verifican conductas físicas o verbales de carácter sexual que puedan crear un clima de intimidación, humillación u hostilidad que afecte las labores de una persona.
A diferencia del chantaje sexual u hostigamiento sexual típico, las conductas sexuales pueden provenir de los/las pares de la víctima, los/las clientes/as, los/las jefes/as y cualquier tercero/a que pueda interferir en el ambiente laboral. Asimismo, tampoco se requiere que la víctima de las conductas sexuales haya sufrido un daño o pérdida de un beneficio de índole laboral.
Ejemplo de hostigamiento sexual por ambiente hostil de trabajo
Juan es un joven ejecutivo de ventas que trabaja en una prestigiosa empresa. Días después de empezar a trabajar, el jefe del área donde trabaja ha cuestionado su orientación sexual debido a sus comportamientos considerados afeminados. Asimismo, de manera frecuente cuenta chistes con alto contenido sexual y realiza comentarios sobre el cuerpo de otras mujeres cuando están junto con otros ejecutivos de ventas. Cuando Juan pasa siempre suben el tono de los chistes y se miran entre ellos maliciosamente. El día de ayer el supervisor le preguntó a Juan si quería realizarse una operación de cambio de sexo ya que él le podía recomendar que “cambios” hacerse.
Jimena ha ingresado a laborar como trabajadora del hogar en la casa de una pareja de amigos de su tía. Desde el primer día ha percibido que los hijos de sus empleadores hacen bromas de mal gusto con alto contenido sexual. Ella no ha expresado su disconformidad para no generar ambientes tensos desde su ingreso, pero no participa de las bromas y prefiere no intervenir salvo para consultar sobre su trabajo. Producto de la lejanía en su trato, los hijos han comenzado a hacer bromas sexuales sobre ella y a lanzar indirectas entre ellos. El día de hoy, Jimena encontró una caricatura ofensiva sobre su cuerpo y su complexión física. Por otro lado, cuando le ha comentado esto a su jefa, ella le ha dicho que “así son los hombres” y que trate de no ser tan problemática.